Jueves, Febrero 6, 2025

Tarjetas prepago deberán informar las “50 transferencias” al SII

El ministerio de Hacienda incluyó en un proyecto de ley misceláneo una modificación a la reciente ley antievasión, la cual incluye a las tarjetas de prepago el deber de informar las “50 transferencias” al mes, al Servicio de Impuestos Internos (SII).

De hecho, la norma menciona textualmente que “también estarán obligadas a reportar las entidades emisoras de tarjetas de prepago sean bancarias o no bancarias” y que “se deberá reportar información respecto de tarjetas de prepago sean bancarias o no bancarias”.

De esta manera, productos emitidos por emisores como Tenpo, Mercado Pago, Copec Pay, de cajas de compensación y entre otros que no estaban considerados en un principio deberán hacer el reporte respectivo ante el SII.

El reporte deberá contener información como identificación de la entidad financiera, identificación del titular, periodo de reporte, el tipo de producto, número de registro interno del producto, monto, estado de vigencia del producto, y fecha de cierre del producto, cuando corresponda. También deberá contener el monto agregado de los abonos, pero no incluir datos respecto de las personas o entidades que los realizaron. Estos se deben hacer cada semestre (enero y julio), a partir de enero de 2025.

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