Este lunes a la Segunda Sala de la Corte Suprema tomó la decisión de revocar la libertad condicional de Celestino Córdova Tránsito, condenado por el asesinato del matrimonio Luchsinger-Mackay.
Los jueces justifican está nueva decisión en el argumento que esgrime el informe psicosocial que revela que Córdova “no presenta conciencia y culpa del delito cometido”.
La CS resolvió que “la decisión de la comisión de libertad condicional de denegar el beneficio en cuestión, se encuentra debidamente cimentada en el informe psicosocial evacuado por Gendarmería en el mes de marzo de 2023, el que permite entender, independiente de la satisfacción de los requisitos formales, que debe existir en el beneficiario, un actuar proclive a la reinserción social, lo que no es compatible con la falta cuestionamiento que mantiene el amparado y que resulta revelado por el informe en referencia”.
La corte agrega en su fallo que “no asisten los supuestos que dan lugar a la acción constitucional del artículo 21 de la Carta Fundamental, por lo que sólo cabe desestimar el amparo impetrado en estos autos”. Acción de amparo que presentó la defensa de Córdova el 22 de diciembre; 64 días después de la decisión de la Comisión de Libertad Condicional de La Araucanía.